Como resultado del acuerdo aprobado por Cabildo el 29 de noviembre pasado, las cámaras empresariales propusieron a la Secretaría de Gobernación Municipal (Segom) reglas para el establecimiento de comercio en vía pública de la calle 5 de Mayo, en el tramo que comprende la 8 a 18 Oriente/Poniente, durante temporada navideña.
La Segom estableció lineamientos para otorgar permisos en la temporada, los cuales fueron consultados con las y los presidentes poblanos del Consejo Coordinador Empresarial, de la Asociación de Comerciantes del Centro Histórico, de la CANACO, CANIRAC y el Representante de la Asociación Poblana de Comerciantes Eléctricos, así como de regidores y regidoras que integran el Cabildo del Municipio, agrupaciones independientes de comercio en vía pública y las secretarías de Turismo y Desarrollo Económico del Ayuntamiento.
Además, se determinaron especificaciones para ser aplicadas durante la época, entre las que se contempla la presencia constante de personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para coadyuvar en el reforzamiento de la seguridad pública durante la presente temporada.
Los giros permitidos serán los autorizados en el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, así como lo que establece el punto de acuerdo motivo de los presentes lineamientos.
Para el otorgamiento de los permisos, el Departamento de Concertación de Espacios Públicos, de la Secretaría de Gobernación, dará prioridad a las personas que demuestren ser poblanas, vivan en polígonos de bajo nivel socioeconómico o provengan de las Juntas Auxiliares.
Además, se implementará un corredor comercial de villas navideñas para la venta de productos de temporada sobre la Calle 5 de Mayo, a partir de la Calle 8 Oriente/Poniente hasta la Calle 18 Oriente/Poniente.
Dichas villas comerciales se colocarán a partir del día 17 de diciembre de 2019 y hasta el 6 de enero de 2020 y únicamente podrán funcionar en un horario de las 15:00 a las 22:30 horas.
El número de permisos se determinará de acuerdo al plano de villas presentado, de tal manera que no se obstruya el paso de transeúntes en las zonas correspondientes a la convergencia de cada una de las calles que cruzan la calle 5 de Mayo.
En caso de no cumplir con lo establecido en los presentes lineamientos, se procederá conforme a lo establecido en el Código Reglamentario Municipal, facultando a la Secretaría de Gobernación la reasignación del permiso.